Galgo cobró $109 millones de más a sus clientes y la CMF la multó con apenas $20 millones
La fintech, que reparte vehículos a trabajadores de aplicaciones de movilidad y acaba de sumar a Uber como socio, alega en su apelación que no ha registrado utilidades en sus ocho años de operación. Es la segunda sanción de la CMF en tres años.
Galgo, la fintech que opera bajo la razón social Liquitech SpA, presentó un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago para apelar una multa de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). El organismo la sancionó a fines de julio con 500 UF —poco más de $20 millones— por cobrar intereses por sobre la Tasa Máxima Convencional (TMC) a trabajadores de aplicaciones de movilidad, según consignó Pulso, de La Tercera, el 7 de septiembre de 2026.
El sobrecobro real fue de $108.988.254 en 1.959 operaciones: más de cinco veces lo que la CMF le exige pagar como multa. En el mismo reclamo, presentado la semana pasada y patrocinado por el abogado Cristián Carmona, socio del estudio Puga Ortiz, la empresa reveló algo que no había hecho público antes: no ha registrado utilidades en sus ocho años de operación.
La multa cubre menos de una quinta parte de lo cobrado de más
Los $20 millones de la multa equivalen a cerca de un 18 % de los $108.988.254 que Galgo cobró de más a sus clientes, de acuerdo con los propios montos que consigna la sanción de la CMF.
Repartido entre las 1.959 operaciones detectadas, cada cobro excedió lo permitido en un promedio de $55.635.
¿Qué dice el reclamo de Galgo?
La defensa de la fintech plantea varios vicios de ilegalidad contra la sanción: incongruencia en la fundamentación, inexistencia de la infracción, vulneración al principio de proporcionalidad, falta de motivación en el castigo e infracción al derecho de defensa por un Oficio de Cargos que la empresa calificó de deficiente.
El reclamo también cuestiona que la CMF haya calificado los servicios de Galgo como «inherentes» al crédito, calificación que —según Galgo— se apoya solo en un anexo de un informe de agosto de 2022. Citando el artículo 2° de la Ley N° 18.010, la empresa argumentó que únicamente debería considerarse interés la suma recibida por sobre el capital prestado, algo que aseguró no ocurre en su caso.
Sobre su situación financiera, el reclamo fue explícito: «La compañía tiene una capacidad económica acotada, no ha registrado utilidades en sus ocho años de operación».
Uber entró a la propiedad; las utilidades no aparecen
Galgo facilita el acceso a vehículos para trabajadores de aplicaciones de movilidad en Chile, Colombia y México, apoyada en una red de más de 2.000 distribuidores aliados. Uber se sumó recientemente a su propiedad.
El reclamo no explica cómo concilia la entrada de Uber con la falta de utilidades que la propia empresa declara ante la Corte. Tampoco precisa qué porcentaje de la compañía quedó en manos de Uber ni en qué términos se cerró esa operación.
No es la primera vez
En abril de 2023, la CMF ya había sancionado a Galgo por un caso similar, aunque con una pena menor: una censura, la sanción más baja que contempla el organismo. La multa de julio es, entonces, la segunda vez que el regulador encuentra a la empresa cobrando intereses por sobre lo permitido.
¿Qué dice la CMF?
El organismo reconoció las dificultades de aplicar una normativa recién estrenada y calificó el exceso sobre la TMC como un «efecto puntual de la reciente entrada en vigor de la NCG N°484», la norma que rige estos cobros.
Sobre las consecuencias para los clientes, el consejo de la CMF señaló: «El otorgamiento de créditos con tasas por sobre la máxima convencional afectó a los clientes y deudores, quienes se vieron expuestos a cobros superiores a los máximos determinados por la ley».
Fuentes
Las cifras de este artículo provienen de los siguientes reportes. Los cálculos y las inferencias son nuestros y están señalados como tales en el texto.